¿Quién debe pagar el impuesto al patrimonio en Colombia en 2026?

Mientras estaba de vacaciones, mi papá me habló de unos “topes de dinero” y del impuesto al patrimonio. Al principio no entendí mucho, pero leyendo mejor descubrí algo importante.

En Colombia, el impuesto al patrimonio para 2026 aplica a quienes tengan un patrimonio líquido alto al 1 de enero de 2026 (es decir, el valor de los bienes menos las deudas).

Personas naturales
Deben pagarlo los residentes en Colombia por su patrimonio mundial y los no residentes por los bienes que tengan en el país, siempre que su patrimonio sea igual o superior a 40.000 UVT (aprox. $2.094 millones).

Empresas o personas jurídicas
A partir de 2026, también aplica para empresas, sociedades de hecho y establecimientos permanentes con un patrimonio líquido igual o superior a 200.000 UVT (aprox. $10.474 millones).

Algunos puntos clave

  • Base del impuesto: se calcula sobre el patrimonio líquido (activos menos deudas).
  • Vivienda principal: se pueden descontar hasta 12.000 UVT del valor de la casa habitación bajo ciertas condiciones.
  • Tarifas para empresas:
    • 0,5% para el régimen general.
    • 1,6% para sectores financieros, aseguradoras y extractivos (carbón y petróleo).

También existen excepciones, como empresas intervenidas por el Estado, algunas del sector salud y ciertas empresas de servicios públicos ubicadas en zonas declaradas en emergencia.

Un dato importante

Si después de calcular el patrimonio líquido no se superan los 200.000 UVT, entonces no existe obligación de declarar ni pagar este impuesto.

Así que, después de escuchar a mi papá y hacer cuentas con mis deditos, entendí algo: no todos deben pagar este impuesto, solo quienes superan ciertos niveles de patrimonio.

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